Puntos del tratado:
- Isabel debía ser reconocida como heredera y trasladada a la Corte donde permanecería, bajo custodia del propio monarca, de Fonseca, de Villena y del conde de Plasencia, hasta su matrimonio.
- Isabel sería reconocida como Princesa otorgándose su juramento por las Cortes y la Junta de la Hermandad en plazo de cuarenta días. Nulidad, pues, de las Cortes de Madrid de 1462.
- Isabel recibía el Principado de Asturias y las rentas de Ávila, Huete, Úbeda, Alcaraz, Molina, Medina del Campo y Escalona.
- Isabel se comprometía a casar con «quien el dicho señor rey acordare y determinare, de voluntad de la dicha señora infanta y con acuerdo y consejo de los dichos arzobispo, maestre y conde, y no con otra persona alguna».
- Se haría «divorcio y separación» entre Enrique y Juana, enviándose nuevamente a doña Juana a Portugal.
- La «hija de la reina» debería ser llevada a la Corte permaneciendo en ella, hasta que se acordara para ella un matrimonio conveniente.
- Enrique IV entregaba el alcázar de Madrid con el tesoro allí depositado a la custodia del arzobispo Fonseca y del conde de Plasencia.
- Villena, Stúñiga y Fonseca garantizaban el cumplimiento de la palabra del rey, amenazando apartarse de su servicio si de ella se desviaba.
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